
Organizaciones indígenas del Pacto de Unidad reclaman modificación de la Ley de consulta previa.
Servindi, 23 de febrero, 2012.-
Con el ingreso a la etapa final de elaboración del reglamento de la Ley de Consulta Previa
van apareciendo más detalles sobre la forma cómo el Gobierno dialoga y
se relaciona con los pueblos indígenas. Las denuncias de cooptación de
dirigentes indígenas, de manipulación de las sesiones y de aprobar una
norma más cercana a un trámite administrativo que a garantizar
derechos, son muestras de que el Gobierno actual ha superado a su
antecesor en su vinculación con los pueblos
indígenas valiéndose de nuevos rostros que proviniendo del ámbito de
los derechos humanos, mantienen la misma política de Estado en
perjuicio de los derechos colectivos de los pueblos originarios.
La Confederación Campesina del Perú (CCP) y la Confederación de
Nacionalidades Amazónicas del Perú (Conap) han decidido asistir a las
sesiones de la comisión multisectorial para aprobar el reglamento con
las limitaciones que implica estar en minoría, sin manejo de la reunión y
con intervenciones restringidas. Sin capacidad, en suma, de
negociación.
Pedro Castillo, investigador de Cepes que asiste como asesor de CCP
advirtió ayer: “va a haber Reglamento sí o sí, con o sin las
organizaciones indígenas”. Según su análisis uno de los muchos peligros
de la Ley y el reglamento es que tanto las comunidades campesinas como
las nativas pueden ser identificadas como pueblos indígenas, lo
que deja abierta la posibilidad de que algunas no lo sean y pierdan su
derecho a ser consultadas. (Ver entrevista de Cepes)
Valora asimismo la decisión de las organizaciones del Pacto de Unidad
de cuestionar la ley que en efecto “no recoge los principios básicos
del Convenio 169 de la OIT”. El Reglamento perderá legitimidad sin la
participación de las cuatro organizaciones nacionales indígenas, acota.
La única arma con que cuentan CCP y Conap para hacerse escuchar es
amenazar con retirarse de la comisión, que lanzaron hace dos días para
presionar al Estado con miras a obtener mejoras en la metodología.
El lunes se aprobaron los primeros cinco artículos del Reglamento. El martes recién se distribuyó una nueva versión (Versión del 21 de febrero), (Versión del 22 de noviembre).
El miércoles se plantearon cuestiones previas acerca de la metodología y
de los tiempos. Este viernes 24 de febrero es probable que se avance
hacia la culminación de los 28 artículos y las disposiciones
complementarias.
Lo que se viene
Poco antes de la sesión del lunes, el viceministerio sostuvo
reuniones con la CCP y la Conap para tomar preacuerdos. Allí, se les
hizo saber que el fondo del artículo 6 es inamovible: los indígenas
serán consultados antes de emprender la exploración o explotación, es
decir, después de otorgarse la concesión. Con ello, la consulta pierde
su carácter de previa, y se convierte en consulta posterior,
subsiguiente, trasera.
También se ha retirado la quinta disposición complementaria, aquella
que establecía que la consulta era independiente y complementaria del
acuerdo previo entre la empresa y las comunidades, amparada en la Ley
26505.
En esta reunión entre Iván Lanegra Quispe -viceministro de
Interculturalidad-, CCP y Conap no hubo posibilidad de que se incluya el
derecho a consentimiento. “Por mí no hay problema”, habría dicho el
funcionario, el problema son los otros viceministros. Alegó que la
palabra más adecuada es autorización.
Así, la sétima disposición complementaria contempla los casos de
desplazamiento y traslado de pueblos, almacenamiento de materiales
peligrosos y actividades militares en territorios indígenas en los que
deja abierta la posibilidad de que ocurran bajo el marco de la
Constitución, el Convenio 169 de la Organización Internacional del
Trabajo (OIT) y la legislación nacional.
Como se mencionaba más arriba, para el reglamento las comunidades
campesinas y nativas no necesariamente son consideradas pueblos
indígenas, con lo cual no participarían de la consulta. Además, es la
entidad a cargo de la consulta quien determina cuáles comunidades o
pueblos son los afectados directos y los que se encuentran incluidos en
el ámbito geográfico en el cual se ejecutaría dicho acto.
Para Lanegra Quispe: “Hemos avanzado muy bien, y hemos logrado
muchísimos acuerdos, son apenas unos pequeños puntos de observaciones
que hasta el momento hemos encontrado, en realidad en todos los demás
puntos hay acuerdos”, dijo. (Ver nota de Andina)
Más reglamentos
El texto en discusión deja abierta la posibilidad para que se emitan
tantos reglamentos o normas internas de consulta como sectores y
organismos del Estado existe. Las críticas de que va a enredar aún más
el problema y debilitar los alcances del Convenio 169 de la OIT, han
pasado a un segundo plano cuando se detecta que lo más peligroso es que
los pueblos indígenas serán exceptuados de participar en la elaboración
de dichas normas.
El borrador de reglamento sobreentiende que las normas sectoriales
cumplirán con lo establecido en el Convenio, la Ley y el Reglamento. Le
basta que cuente “con la opinión técnica previa obligatoria del
viceministerio de Interculturalidad”.
Para Roger Rumrrill
ello permitirá a las empresas burlar derechos a los pueblos indígenas.
Establecer que se disponga de varios reglamentos traiciona el espíritu
del Convenio 169, dijo.
“Ha habido fuerzas que han intentado distorsionar y bloquear los
alcances de la Ley y de hecho existen intereses ahora de hacerlo”,
aseguró.
Rumrrill pidió al Congreso de la República que opte por la revisión
de la norma y que se ajuste al planteamiento de los indígenas.
Los documentos del Indepa
El Indepa ha colgado en su portal solo algunos de los documentos
derivados del proceso de reglamentación. Por ejemplo, alojó la nota de
prensa de Conap en la que ratifica su continuación en la discusión del
reglamento. También un acta que cuestiona la forma en que se condujo el
encuentro nacional cuya asamblea acordó modificar la Ley de Consulta.
Ha olvidado colgar, sin embargo, las actas de los talleres
macrorregionales que están por todas partes menos en donde deben estar
para conocimiento del público. La particularidad de estas actas es que
coinciden en pedir, palabras más palabras menos, la modificatoria de la
Ley de Consulta. Tampoco aparece la que se firmó del Encuentro Nacional.
También ha olvidado colgar el aporte completo del ministerio de Energía y Minas al reglamento,
quizá por contener algunas semejanzas con el texto que se discute en la
actualidad. Para variar, tampoco está la nueva versión del Reglamento.
Las cartas remitidas por las organizaciones indígenas del Pacto de
Unidad tampoco forman parte de este archivo. Será porque cuestionan al
Estado su mala fe.
Tampoco figura la última carta de la Defensoría del Pueblo, ni de la
Coordinadora Nacional de Derechos Humanos cuya parte más significativa
es haber alertado que este proceso ha perdido legitimidad,
representatividad y su consiguiente desnaturalización.
Al final de esta nota aparece una lista con los documentos relacionados a este proceso.
Pacto de Unidad
Aidesep ha pedido a la Comisión Multisectorial que el diálogo
intercultural se convoque para el 15 de marzo. Por su parte, la carta de
Conacami indica que no asistirá a las sesiones convocadas aunque puede
cambiar de opinión si se presentan nuevas condiciones de diálogo. En
tanto, CNA participa que ya comunicará oportunamente la decisión de una
nueva fecha para iniciar el diálogo intercultural. Onamiap todavía no ha
cursado comunicación.
Esta semana el Pacto de Unidad, que ha sufrido el apartamiento
temporal de CCP, anunció que recurrirán a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos para que se garantice el adecuado cumplimiento del
derecho de consulta en un proceso de reglamentación que ha sido
cuestionado tanto en su contenido cuanto en su proceso de discusión.
Magdiel Carrión, de Conacami, ha sido categórico en acusar al Estado de actuar de mala fe. Aquí se pueden ver la entrevista 1, 2, la conferencia del Pacto de Unidad y las opiniones de Antolín Huáscar y Gladis Vila.
Señalaron que el Gobierno ha convencido a varios exdirigentes y
líderes que acuden a título personal al proceso de diálogo como si
fuesen representantes elegidos de las organizaciones indígenas. Esto
viola la autonomía de nuestras organizaciones y es una intromisión del
Estado para dividir la posición de los pueblos, denunciaron los
representantes del Pacto.
El Pacto de Unidad representa a la mayoría de pueblos indígenas del
país en comparación a las que se agrupan en torno de CCP y Conap. De las
1,500 comunidades nativas de la selva, Aidesep congrega 1,350 según su
tríptico institucional. Conap, por su parte, dice representar a 150 mil
habitantes indígenas lo que es obviamente una falacia y una exageración.
Gobierno sin indígenas
A todo esto, el viceministro Iván Lanegra ha evitado asumir
responsabilidades por el accidentado proceso de reglamentación. Su
accionar ha demostrado que si el Pacto de Unidad sale del proceso puede
contar con piezas de recambio a costa de la representación, la
legitimidad y de las formas democráticas. Al parecer, no hay voluntad ni
tiempo para la distensión.
Su borrador de reglamento ha demostrado que la agenda indígena no encaja en la Hoja de Ruta.
Documentos:
- Conap y CCP saludan acuerdos metodológicos (22 de febrero)
- Carta de la Defensoría a Premier (22 de febrero)
- Cuestionamientos de CCP a metodología (21 de febrero)
- Cuestionamientos de Conap a metodología (21 de febrero)
- Carta de la Coordinadora Nacional de DDHH a Viceministerio (21 de febrero)
- Comunicado de la Defensoría del Pueblo (21 de febrero)
- Cartas de Conap a Defensoría del Pueblo y a PCM (21 de febrero)
- Comentarios de Oxfam al Reglamento. Carta al viceministro.
- Metodología de la etapa de diálogo (Acuerdo Gobierno/CCP-Conap)
- Cartas de Aidesep, Conacami y CNA a PCM (16 y 17 de febrero)
- Reglamento de Consulta. Versión 21 de febrero 2012
- Reglamento de Consulta. Versión 22 de noviembre 2011
Actas de los talleres macrorregionales y del Encuentro Nacional
- Acta del Encuentro Nacional de organizaciones indígenas (15 de febrero)
- Acta_Huancayo_bloque_Amazonico.pdf
- Acta_Taller_Macroregional_Centro_Huancayo.pdf
- Acta_Taller_Macroregional_Norte_Chiclayo.pdf
- Acta_Taller_Macroregional_Oriente_I_Pucallpa.pdf
- Acta_Taller_Macroregional_Oriente_II_Iquitos.pdf
- Acta_Taller_Macroregional_Oriente_III_Bagua.pdf
- Acta_Taller_MacroSur_Cusco.pdf
- Acta de CCP sobre aportes al Reglamento (17 de febrero)
- Acta del 14 de febrero Conap-Arpi. Más nota de prensa de Conap (16 de febrero) y Carta de CCP (16 de febrero)
Exposiciones
- Principios mínimos no negociables del Pacto de Unidad
- Ley de Consulta. Viceministerio de Interculturalidad
- Reglamento de Consulta. Viceministerio de Interculturalidad
- Derechos de los Pueblos Indígenas. OIT




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